Ciudad Juárez, Chih. — Este viernes 11 de septiembre de 2026, las Comisiones Conjuntas de Gobernación, Movilidad y Seguridad Pública del Municipio de Juárez celebraron una Sesión Extraordinaria en la que se aprobó la modificación al Artículo 106, fracción VI, del Reglamento de Vialidad y Tránsito. La reforma está orientada a reforzar la protección de la niñez y así como la autonomía en la movilidad de personas con discapacidad.
La regidora Sandra Marbel Valenzuela Ramírez, coordinadora de la Comisión de Gobernación, destacó que esta actualización forma parte de una revisión al marco regulatorio local solicitado formalmente por ciudadanos en marzo, 2026. En los trabajos participaron también los Regidores Mireya Porras Armendáriz, Luz Clara Cristo Sosa, Alejandro Daniel Acosta Aviña, José Eduardo Valenzuela Martínez y Karla Michaeel Escalante Ramírez, y por representantes de Seguridad Vial y de Justicia Cívica.
Las y los regidores aprobaron el Artículo 106, fracción VI para que establezca:
«Las madres, padres, tutores o personas responsables del cuidado de niñas y niños menores de seis años deberán adoptar las medidas razonables y necesarias para garantizar su seguridad durante su tránsito por la vía pública, atendiendo en todo momento a su edad, desarrollo y condiciones particulares.
Tratándose de personas con discapacidad, las autoridades y los demás usuarios de la vía pública deberán garantizar su derecho a la movilidad, accesibilidad, seguridad y autonomía, evitando cualquier trato discriminatorio o restricción basada exclusivamente en la existencia de una discapacidad.
Cuando una persona con discapacidad o movilidad reducida o limitada manifieste ante los integrantes de la corporación de Seguridad Pública Municipal requerir apoyo, asistencia, acompañamiento o cuando exista una situación objetiva que comprometa de manera inmediata su seguridad durante su desplazamiento, deberán proporcionar la asistencia que corresponda de manera adecuada, respetuosa y conforme a sus necesidades particulares, procurando siempre respetar su voluntad, dignidad, autonomía y capacidad jurídica.
En ningún caso podrá entenderse que la existencia de una discapacidad constituye, por sí misma, una obligación de transitar acompañada, ni podrá utilizarse como fundamento para impedir, limitar o condicionar injustamente su desplazamiento por la vía pública.
La autoridad vial deberá adoptar, dentro del ámbito de sus atribuciones, las medidas necesarias para garantizar condiciones de accesibilidad, seguridad vial, inclusión y movilidad, particularmente en cruces peatonales, intersecciones, banquetas, rampas, puentes y demás espacios destinados al tránsito peatonal.
En el caso de niñas, niños y adolescentes, las medidas de seguridad y protección deberán aplicarse atendiendo en todo momento el principio del interés superior de la niñez, procurando que cualquier medida adoptada sea necesaria, proporcional y adecuada a las circunstancias particulares de cada caso.»
Exigen organizaciones armonización total del reglamento
La sesión contó con la presencia de habitantes de la zona Valle del Sol e integrantes de organizaciones como Plan Estratégico de Juárez, Fundación Integra y el Consejo de Movilidad.
Durante el desahogo del punto, Laura Calderón, en representación de colectivos ciudadanos, recordó que la reforma responde en parte a un juicio de amparo promovido por personas con discapacidad ante la falta de respuesta a sus propuestas presentadas desde diciembre de 2025.
Aunque calificó la nueva redacción como adecuada, señaló que el dictamen «se queda corto», pues el reglamento municipal aún arrastra omisiones graves respecto a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Entre los pendientes citó la prevalencia de puentes peatonales elevados a los que definió como discriminatorios y disposiciones inadecuadas sobre el tránsito en zonas carentes de banquetas.

